- Señala que “no habrá beca cuando los servicios del becario cubren o satisfacen necesidades que, de no llevarse a cabo por aquél, tendrían que encomendarse a un tercero”.
- Y que, en este caso, “la beca es un medio fraudulento de contratación”.
- Finalmente, declara improcedente el cese del estudiante.
Noticia en Expansión.