• El departamento ha solicitado a los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas que recluten a parados bajo la fórmula de la colaboración social.
  • Estos parados cobran un complemento que se añade a su prestación, pero su colaboración no es una relación laboral y es obligatoria.
  • Hace tres años el Tribunal Supremo prohibió que las administraciones utilizaran esta fórmula para cubrir trabajos habituales y estructurales.

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