• El Tribunal Supremo dictó sentencia a finales de septiembre sobre el acceso a plazas de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos en administraciones públicas. El Supremo concluyó que si la plaza ofertada está destinada a este cuerpo concreto, ostentar el título de grado no es suficiente para aspirar a ellas, sino que es necesario el título en ingeniería de Caminos, Canales y Puertos previo a la implantación del Plan Bolonia, o el máster actual de igual denominación.
  • El estatuto de la Función Pública establece que para ingresar en los cuerpos y escalas del grupo A se exigirá el título de grado salvo en aquellos supuestos en que la ley le exija otro título. La cuestión que se planteaba al Supremo, y que ha resuelto afirmativamente, era si la regulación actual de las ingenierías de nivel de máster (mediante órdenes ministeriales y no una ley específica) tenían amparo suficiente para la excepción contemplada en dicho artículo.

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