Alcance de este estudio

El real decreto-ley 14/2012 “de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo”, aprobado por el gobierno español el año 2012, estableció que:

“los precios públicos y derechos los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los costes de prestación del servicio, en los siguientes términos:
1.º Enseñanzas de Grado: los precios públicos cubrirán entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.
2.º Enseñanzas de Máster que habiliten para el ejercicio de actividades profesionales reguladas en España: los precios públicos cubrirán entre el 15 por 100 y el 25 por 100 de los costes en primera matrícula; entre el 30 por 100 y el 40 por 100 de los costes en segunda matrícula; entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes en la tercera matrícula; y entre el 90 por 100 y el 100 por 100 de los costes a partir de la cuarta matrícula.
3.º Enseñanzas de Máster no comprendidas en el número anterior: los precios públicos cubrirán entre el 40 por 100 y el 50 por 100 de los costes en primera matrícula; y entre el 65 por 100 y el 75 por 100 de los costes a partir de la segunda matrícula”

El objetivo, según se indicaba en el decreto, es “mejorar la eficiencia de las Administraciones Públicas en el uso de los recursos públicos, con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria”. Con este estudio se ponen de manifiesto los problemas técnicos generados por esta decisión del gobierno español, dada la dificultad del cálculo del coste real de las enseñanzas universitarias de nuestro país. Al mismo tiempo, se muestra cómo el aumento de los precios de matrícula y de las tasas que ha puesto en marcha este decreto-ley ha comportado un cambio sustancial del modelo de financiación universitaria, que ya está teniendo importantes efectos académicos, sociales y económicos[1].

En la mayoría de países de la OCDE la enseñanza primaria y secundaria se considera un bien público y, en consecuencia, su financiación proviene mayoritariamente de recursos públicos. Según el último informe de la OCDE, Education at a glance 2014, que recoge datos de 2011, el porcentaje medio de gasto en enseñanza primaria y secundaria financiado con fondos públicos era del 92% en el conjunto de países de la OCDE [OCDE (2014), p. 236]. En cambio, en la enseñanza universitaria la situación es menos homogénea. El porcentaje de gasto en enseñanza terciaria asumido por los individuos o familias, las empresas y otras instituciones privadas, oscila desde menos del 5% del gasto total en países como Austria, Bélgica o Noruega hasta más del 40% en Canadá, Estados Unidos o Gran Bretaña, pasando por el 8-10% en la República Checa y Francia [OCDE (2014), pp. 240 y 245]. De hecho, el papel que debe jugar el sector público en la financiación del gasto universitario es tema de debate político en muchos países de la OCDE. La preocupación principal es si el incremento de la financiación privada limita la igualdad de oportunidades en el acceso a la universidad, cuando cada vez hay más estudios que muestran que un mayor o menor acceso en la enseñanza tiene un impacto muy determinante en el aumento o la reducción de la desigualdad social [Goldin y Katz (2008), Goldin y Margo (1992), Card y Lemieux (2001), Acemoglu y Autor (2011)]. El real decreto-ley 14/2012 supone el acercamiento del sistema universitario español a aquellos donde los estudiantes financian un porcentaje más alto de la docencia y, por lo tanto, a los que tienen unos efectos potencialmente más negativos sobre la equidad.

La aplicación del real decreto-ley 14/2012 comporta, además, ciertos problemas técnicos, a menudo obviados en el debate político. El motivo es que en la inmensa mayoría de universidades catalanas y españolas no se ha establecido todavía un sistema de contabilidad analítica y, por lo tanto, no conocemos cuál es el coste efectivo de la docencia universitaria. En la universidad se desarrollan dos tareas principales: docencia e investigación, y lo más habitual es que el profesorado universitario desarrolle las dos tareas indistintamente dentro de su jornada laboral. En última instancia es difícil determinar qué parte de la jornada se dedica a la docencia y qué parte a la investigación, y normalmente es necesario recurrir a indicadores “externos”, como por ejemplo el número de horas de clases presenciales o el número de publicaciones científicas (que son sólo una aproximación al número de horas efectivamente dedicadas a la docencia y a la investigación). Por lo tanto, aunque existiera un sistema establecido de contabilidad analítica, esta necesariamente tendría que estar basada en convenciones contables para asignar el gasto a una función o a la otra. El objetivo de este informe es ofrecer una nueva estimación del porcentaje del coste total de la docencia que asumen los estudiantes de las universidades públicas catalanas vía tasas y precios públicos de las matrículas. El análisis considera el periodo 1996-2014 y permite, por lo tanto, constatar el impacto del decreto 14/2012 aprobado en 2012. Además de la evolución temporal, el informe sitúa el caso catalán en el contexto internacional del resto de países de la OCDE.

Notas    (↵ retorna al text)

  • [1] Los precios públicos de matriculación incluyen el precio de los créditos universitarios, mientras que las tasas están asociadas a las diversas gestiones que deben realizar los estudiantes. En este estudio hemos incluido en los cálculos tanto los precios públicos como las tasas, porque hemos tenido en cuenta el punto de vista de lo que efectivamente paga el estudiante.
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1 Comment

La reforma universitària de Wert afavorirà el negoci dels màsters | CGT-UOC · 5/marzo/2015 at 19:01

[…] el que paguen els estudiants per curs universitari és molt inferior al que s’hi paga aquí. L’informe La financiación de las universidades públicas en Cataluña, 1996-2014, de l’Observatori del Sistema Universitari, revela que, mentre les aportacions dels estudiants a […]

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