Los cambios más relevantes respecto de los criterios aplicados el curso pasado, 2019-20, son los siguientes:

  • La cuantía fija de las becas ligada a la renta pasa de 1.600 a 1.700 euros.
  • La cuantía fija de las becas ligada a la residencia pasa de 1.500 a 1.600 euros.
  • La cuantía fija de las becas ligada al rendimiento académico no se modifica.
  • Tampoco se modifica el sistema de fijación de la cuantía variable de las becas.
  • Se eleva substancialmente el umbral 1 de cuantía de la renta para acercarlo al umbral de la pobreza.
  • Los umbrales 2 y 3 no se modifican.
  • La nota de acceso a la universidad requerida para obtener beca en 1er curso pasa de  6,5 a 5 puntos.
  • Para los cursos siguientes, se eliminan igualmente los requisitos de puntuación y se mantienen los porcentajes requeridos de materias superadas.

En cuanto a la compensación a las Universidades por la exención de matrícula, el Ministerio seguirá sin compensar necesariamente a las universidades la totalidad del precio público.

Concretamente, “En el supuesto de que el precio del crédito en el curso 2020-2021 fuese superior al compensado por el Ministerio en el curso 2019-2020 para los mismos estudios, el Ministerio de Educación y Formación Profesional aportará a las universidades una cantidad por estudiante becado igual a este último importe”. Téngase en cuenta que el importe compensado por el Ministerio en el curso 2019-2020 fue la del precio público fijado para la titulación correspondiente en el curso 2011-2012 actualizada en un 1 % para todos los estudios cuyo precio del curso 2019-2020 fuese superior al vigente en el curso 2011-2012.

Texto del Real Decreto 688/2020, de 21 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2020-2021 y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

 

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