Precios para estudiantes extranjeros

El artículo 81 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), en la redacción introducida por Real Decreto Ley 14/2012, establece que “Los precios públicos podrán cubrir hasta el 100 por 100 de los costes de las enseñanzas universitarias de Grado y Máster cuando se trate de estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquéllos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad.”

En el caso de los estudios de grado y de máster que habilitan para el ejercicio de actividades profesionales reguladas, y puesto que los precios para los residentes y los nacionales de la UE se establecen entre el 15 y el 25% del coste de las enseñanzas, los precios para los estudiantes extranjeros no residentes y no UE podrían ser entre 4 y 6,7 veces superiores a aquellos.

En el caso de los estudios de máster no habilitantes, y puesto que los precios para los residentes y los nacionales de la UE se establecen entre el 40 y el 50% del coste de las enseñanzas, los precios para los estudiantes extranjeros no residentes y no UE podrían ser entre 2 y 2,5 veces superiores a aquellos.

El análisis de los decretos que fijan los precios para el curso 2016/17 en cada comunidad autónoma pone de manifiesto una gran variabilidad en el tratamiento de los precios para los estudiantes extranjeros no residentes y no miembros de la UE. Concretamente, de las 17 comunidades autónomas, 8 no establecen precios diferenciados para estos estudiantes, 5 dan libertad a las universidades para establecerlos, y sólo 4 (Aragón, Baleares, Madrid y La Rioja) los fijan en sus decretos. En estas cuatro comunidades, los coeficientes multiplicadores que determinan estos precios para el grado en primera matrícula (por poner sólo un ejemplo) varían entre 1,3 (Baleares) y 4,9 (Madrid). La Tabla 1 resume las características concretas de estos precios en cada comunidad autónoma.

Tabla 1
Precios para estudiantes extranjeros, por comunidad autónoma
Comunidad autónoma Precios para estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquéllos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, sin perjuicio del principio de reciprocidad.
Andalucía Se aplican los precios ordinarios también a los estudiantes extranjeros con autorización de estancia por estudios. No se establecen precios diferenciados.
Aragón
  • Grado y máster habilitante:
    • En general, se multiplica el precio por 3.
    • En caso de convenio, se multiplica el precio por 2.
  • Máster no habilitante:
    • En general, se multiplica el precio por 2.
    • En caso de convenio, se mantiene el mismo precio.
Asturias Se da libertad a las universidades para fijar estos precios.
Baleares Se multiplica el precio por 1,3.
Canarias No se establecen precios diferenciados.
Cantabria No se establecen precios diferenciados.
Castilla – La Mancha No se establecen precios diferenciados.
Castilla y León No se establecen precios diferenciados.
Cataluña Se da libertad a las universidades para fijar estos precios.
Com. Valenciana No se establecen precios diferenciados.
Extremadura No se establecen precios diferenciados.
Galicia Se da libertad a las universidades para fijar estos precios.
Madrid
  • Grado y máster habilitante: se aplica el precio de 4ª matrícula.
  • Máster no habilitante a precios ordinarios: se aplica el precio de la 2ª matrícula.
  • Máster a precios especiales: se aplica un coeficiente entre 1,4 y 1,6.
Murcia Se da libertad a las universidades para fijar estos precios.
Navarra Se da libertad a las universidades para fijar estos precios.
País Vasco No se establecen precios diferenciados.
La Rioja
  • Grado:
    • En 1ª matrícula, se multiplica el precio por 3,33.
    • En 2ª matrícula, se multiplica el precio por 2,50.
    • En 3ª matrícula, se multiplica el precio por 1,54.
    • En 4ª matrícula y ss., se multiplica el precio por 1,11.
  • Máster habilitante:
    • En 1ª matrícula, se multiplica el precio por 2,00.
    • En 2ª matrícula, se multiplica el precio por 1,87.
    • En 3ª matrícula, se multiplica el precio por 1,33.
    • En 4ª matrícula y ss., se multiplica el precio por 1,00.
  • Máster no habilitante:
    • En 1ª matrícula, se multiplica el precio por 1,25.
    • En 2ª matrícula, se multiplica el precio por 1,15.
    • En 3ª matrícula, se multiplica el precio por 1,54.
    • En 4ª matrícula y ss., se multiplica el precio por 1,54.

Fuente: elaboración propia a partir de los decretos de precios de las distintas CCAA.

Categories: Informes

5 Comments

Cataluña, la comunidad con las matrículas universitarias más caras · 26/enero/2017 at 12:12

[…] por ello que el texto “¿Por qué precios tan distintos? Precios y tasas en las universidades públicas en España, curso 2…” concluye, entre otros aspectos, […]

¿Cuánto cuesta nuestro futuro? – Journal of Health Economics · 21/febrero/2017 at 08:47

[…] vez más complicado el acceso a la universidad por parte de la ciudadanía. De hecho, según un estudio realizado por el Observatori del Sistema Universitari (OSU), las matrículas catalanas se tratan, […]

Why so different prices? | Observatory of the University SystemObservatory of the University System · 1/abril/2017 at 12:10

[…] Read the full report (in Spanish) […]

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