9. Título VIII – El estudiantado en el sistema universitario
BECAS Y AYUDAS: Se reconoce el derecho subjetivo del estudiantado universitario a acceder a becas y ayudas al estudio, cuya concesión responderá prioritaria y fundamentalmente a criterios socioeconómicos, sin perjuicio de los criterios académicos y de otros criterios de igualdad e inclusión.
ESTATUTO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO, que aprobará el Gobierno.
DERECHOS [ENTRE OTROS]
A la orientación psicopedagógica y al cuidado de la salud mental y emocional.
Al acceso prioritario a los cursos de actualización de estudios y formación a lo largo de la vida que su universidad de origen realice.
Al acceso a formación para el desarrollo de las capacidades digitales, así como a recursos e infraestructuras digitales.
Al paro académico, respetando el derecho a la educación del estudiantado, cuya declaración será efectuada por el órgano de representación del estudiantado.
A la participación en la creación del conocimiento y su concreción en los planes de estudios.
LENGUAS DE SIGNOS: Las universidades facilitarán a las personas usuarias de las lenguas de signos su utilización cuando se precise.
← Volver al índice de contenidos del compendio
3 Comments
Llei Orgànica del Sistema Universitari (LOSU): UN COMPENDI - Observatori del Sistema Universitari · 3/mayo/2023 at 07:23
[…] Accedeix a l’informe complet (en castellà) Descarrega l’informe complet en format PDF (en castellà) […]
LOSU: modo de empleo para claustrales - Universidad, sí · 27/junio/2023 at 09:01
[…] Se trata de una ley larga y compleja, sobre la cual se han publicado diversos comentarios y resúmenes, como este, este y este. […]
¿Qué ley deroga la LOSU? - Iniciar.Club · 9/noviembre/2023 at 04:02
[…] Solicitar eliminaciónReferencia: http://www.observatoriuniversitari.org […]
Comments are closed.