13. Disposiciones transitorias

PLAZOS

  • Nuevos Estatutos y constitución de Claustro y Consejo de Gobierno acordes a LOSU: 2 años desde entrada en vigor.
  • Contabilidad analítica: 2 años desde entrada en vigor.
  • Acreditación vigente de Ayudante Doctor/a mérito preferente para acceso a Ayudante Doctor/a: 4 años desde aprobación LOSU.
  • Acreditación Profesorado Contratado Doctor válida para PPL sine die.
  • Adaptación de criterios para acreditación a TU y a PPL: 1 año desde entrada en vigor.
  • Convenios de ANECA con agencias de CCAA: 1 año desde entrada en vigor.
  • Contratos profesorado contratado: vigentes hasta fecha de extinción.
  • Contratos profesorado visitante: No más de 2 años desde entrada en vigor LOSU.

ADAPTACIÓN DE LAS ACTUALES FIGURAS Y CONDICIONES DE LA PLANTILLA DE PDI A LAS ESTABLECIDAS EN LA LOSU

Mayoría de profesorado funcionario: deberá cumplirse dentro del periodo previsto en el artículo 155.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, relativo al plan de incremento del gasto público en educación.

El artículo 155.2 de la L. O. 2/2006 reza como sigue: “El Estado y las Comunidades Autónomas acordarán un plan de incremento del gasto público en educación para los próximos diez años, que permita el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Ley y la equiparación progresiva a la media de los países de la Unión Europea”

Según los datos del Sistema Integrado de Información Universitaria, en el curso 2021-2022 no cumplían esta condición 12 universidades públicas. En 3 de ellas, el % de PDI-F (en equivalentes a tiempo completo) estaba por debajo del 38 %.

 

Concursos de PDI convocados: Las convocatorias para la cobertura de plazas de PDI oficialmente publicadas antes del 31 de diciembre de 2023 podrán regirse por la normativa vigente antes de la entrada en vigor.

Exención del requisito de movilidad (art. 69 y 85) para quienes a la entrada en vigor dispongan de una acreditación para TU o hubieran iniciado el trámite para su obtención o tengan contrato de Profesor/a Ayudante Doctor/a, Profesor/a Colaborador/a con carácter indefinido o Profesor/a Contratado/a Doctor/a. Esta misma disposición será de aplicación a los Profesores/as Contratados/as Doctores/as interinos/as, así como a otros contratados temporales con acreditación para estas figuras.

Régimen de dedicación del PDI: Las universidades deberán adaptar el régimen de dedicación de su personal docente e investigador permanente a lo previsto por la LOSU “para su aplicación a partir del inicio del curso académico 2024-2025”. Respecto al profesorado asociado vid. ut infra.

Prórroga de contratos de PDI: A las personas contratadas como Profesor/a Ayudante Doctor/a a la entrada en vigor de la LOSU y que, al finalizar su contrato, no hayan obtenido la acreditación para la figura de PPL se les prorrogará su contrato un año adicional.

Categorías de PDI en extinción: Las personas que, a la entrada en vigor de la LOSU tengan un contrato de Profesor/a Contratado/a Doctor/a mantendrán los derechos y deberes recogidos en dicho contrato. Previa solicitud, los Profesores/as Contratados/as Doctores/as podrán integrarse en la modalidad de PPL, en las mismas plazas que ocupen, y computándose como fecha de ingreso la que tuvieran en la modalidad de origen. Las universidades promoverán procesos de estabilización a la figura de PPL para todas aquellas plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a interino/a en los términos de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Las universidades públicas promoverán concursos a plazas de TU para el acceso de los Profesores/as Contratados/as Doctores/as que hayan conseguido la correspondiente acreditación a TU. Esta misma disposición será aplicable a los Profesores/as Contratados/as Doctores/as interinos/as.

Estabilización de plazas de Profesoras y Profesores Asociadas/os de las universidades públicas:

Los contratos de Profesoras y Profesores Asociadas/os vigentes a la entrada en vigor podrán renovarse en las mismas condiciones y con la misma dedicación docente hasta que las plazas estén incluidas en un proceso de estabilización de los previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y en cualquier caso antes del 31 de diciembre de 2024.

Antes del 31 de diciembre de 2024 las universidades públicas deberán articular procesos de estabilización, mediante concurso, de las plazas de Profesoras y Profesores Asociadas/os.

En dicho plazo, y para el supuesto de plazas de Profesorado Asociado con una dedicación docente superior a la prevista en el artículo 79.b [120 horas lectivas], las universidades públicas podrán articular procesos de estabilización de estas plazas a través de actuaciones específicas que favorezcan el paso de Profesorado Asociado con título de Doctor/a a la figura de Profesorado Ayudante Doctor/a.

Mecanismos de adaptación para determinadas figuras de PDI de las universidades públicas:

Las universidades que tengan más de un 20 por ciento de su plantilla docente, computada en efectivos, con contratos laborales de Profesores y Profesoras Sustitutos/as, de Profesores y Profesoras Visitantes, Profesores y Profesoras Distinguidos/as y de Profesores y Profesoras Asociados/as, excluyendo al profesorado asociado de Ciencias de la Salud, implantarán los siguientes mecanismos de adaptación:

  1. Establecerán como mérito preferente, en los concursos de acceso a las plazas de Ayudante Doctor o figuras equivalentes de la normativa autonómica, haber desempeñado en la fecha de la publicación de la convocatoria actividades docentes en universidades públicas españolas durante al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un año previstos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre. Estas universidades determinarán el número de plazas sometidas a este régimen y las vincularán a los departamentos y centros que superen dicho porcentaje.
  2. Utilizarán la modalidad de contrato predoctoral para docentes no doctores que hayan estado vinculados a la universidad al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un año previstos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
  3. Establecerán un programa de promoción interna a PPL o figuras equivalentes de la normativa autonómica para quienes, estando contratados con carácter indefinido y cuenten con la acreditación, hayan desempeñado en la fecha de la publicación de la convocatoria actividades docentes en universidades públicas españolas durante al menos cinco cursos académicos de los últimos siete años a través de los contratos de profesorado asociado u otros contratos de duración igual o inferior a un año previstos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
Según los datos del Sistema Integrado de Información Universitaria (curso 2021-2022), en la mayoría de las universidades públicas el % a que se refiere esta disposición (Profesores y Profesoras Sustitutos/as, Profesores y Profesoras Visitantes, Profesores y Profesoras Distinguidos/as y Profesores y Profesoras Asociados/as, excluyendo al profesorado asociado de Ciencias de la Salud) se encuentra por encima del 20 %. En no menos de 10 supera el 30 % e incluso en una, el 39 %.

Nótese que no se fija un plazo para la implantación de estas medidas ni se impone que el porcentaje a que se refiere esta disposición tenga que estar por debajo del 20 %.

 

ESTABILIZACIÓN DEL PTGAS

Antes del 31 de diciembre de 2024, las universidades públicas deberán articular procesos de estabilización, mediante concurso o concurso-oposición, de las plazas de su PTGAS. El sistema de selección en estos procesos será el de concurso o concurso-oposición garantizando los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia.


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Categories: Informes

3 Comments

Llei Orgànica del Sistema Universitari (LOSU): UN COMPENDI - Observatori del Sistema Universitari · 3/mayo/2023 at 07:23

[…] Accedeix a l’informe complet (en castellà) Descarrega l’informe complet en format PDF (en castellà) […]

LOSU: modo de empleo para claustrales - Universidad, sí · 27/junio/2023 at 09:01

[…] Se trata de una ley larga y compleja, sobre la cual se han publicado diversos comentarios y resúmenes, como este, este y este. […]

¿Qué ley deroga la LOSU? - Iniciar.Club · 9/noviembre/2023 at 04:02

[…] Solicitar eliminaciónReferencia: http://www.observatoriuniversitari.org […]

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