La normativa autonómica limitaba las becas a los estudiantes de las universidades privadas  a aquellas titulaciones que no existen en la universidad pública.

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia había avalado esta norma, pero ahora el Tribunal Constitucional ha dado la razón a la Universidad Católica de Valencia, que la había recurrido.

La sentencia cuenta con tres votos particulares en contra. Éstos cuestionan, por una parte, la legitimidad de la Universidad Católica de Valencia para recurrir en amparo por un derecho que es de los estudiantes y no de la universidad. Por otra parte, discrepan de que exista un derecho constitucional a una equiparación absoluta en el acceso a las becas concedidas por la Generalitat con fondos públicos entre estudiantes de las universidades privadas y de las públicas, porque el régimen económico de los dos tipos de universidades es diferente, tanto en precios como en financiación.

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