7. Título VI – Universidad, sociedad y cultura
DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA: Las universidades fomentarán y facilitarán el conocimiento y el uso como lengua de transmisión universitaria de las lenguas oficiales propias de sus territorios, de conformidad con lo dispuesto en sus Estatutos y en la particular normativa autonómica, desarrollando planes específicos al respecto. Las Administraciones Públicas apoyarán y facilitarán el desarrollo de las políticas universitarias orientadas a la cooficialidad y a la diversidad lingüística. En lo que respecta a las universidades públicas, la singularidad lingüística será objeto de financiación.
← Volver al índice de contenidos del compendio
3 Comments
Llei Orgànica del Sistema Universitari (LOSU): UN COMPENDI - Observatori del Sistema Universitari · 3/mayo/2023 at 07:23
[…] Accedeix a l’informe complet (en castellà) Descarrega l’informe complet en format PDF (en castellà) […]
LOSU: modo de empleo para claustrales - Universidad, sí · 27/junio/2023 at 09:01
[…] Se trata de una ley larga y compleja, sobre la cual se han publicado diversos comentarios y resúmenes, como este, este y este. […]
¿Qué ley deroga la LOSU? - Iniciar.Club · 9/noviembre/2023 at 04:02
[…] Solicitar eliminaciónReferencia: http://www.observatoriuniversitari.org […]
Comments are closed.